Diapositivas del sustento de acusación de la Junta de Fiscales:
Sustento de Acusacion presentado en Asamblea FEPUC 28/11/09
Documentos y medios probatorios presentados por la Junta de Fiscales se pueden ver dando click aquí.
La aplicación de la sanción de desfederación fue aprobada por voto unánime de Asamblea de Delegados FEPUC:
A favor: 28
En contra: 0
Abstenciones: 0
El resto de documentación pertinente se encuentra en el blog de la Junta de Fiscales.
Resolucion Nº 001-2009-2 / AD-F
domingo, 29 de noviembre de 2009
domingo, 15 de noviembre de 2009
Menú Semana 14 - del 16 al 21 de noviembre
domingo, 8 de noviembre de 2009
Menú Semana 13 - del 9 al 14 de noviembre
Informe de la Sesión del CDSA del 30/10/2009
El viernes 30 de octubre se realizó la primera sesión del Consejo Directivo de los Servicios de Alimentación. Allí se tocaron los siguientes temas:
El acta de la sesión se pude ver dando click aquí.
Ademas, hemos escaneado el informe presentado en dicha reunión, el cual se puede se puede ver aquí: página 1, página 2, página 3 y página 4. No podemos colgar el archivo en digital pues seguimos a la espera de que Carlos Fosca, Vicerrector Administrativo de la universidad lo envíe por correo.
ACTUALIZACIÓN 10/11/2009: Acabamos de recir el informe en versión digital, para una mejor lectura. Pueden visualizarlo a continuación:
Informe CDSA 30/10/2009
Renato Constantino
Secretario de Derechos Universitarios
Mesa Directiva FEPUC 2009
Integrante del CDSA
- La mejora de los tiempos de servicio de forma significativa en todas las cafeterías (excepto en el Comedor de Letras).
- Se decidió que era necesario consignar la información nutricional de los platos de la cafetería. (El tema ya ha sido evaluado con anteriodid por la gestión de la MD FEPUC 2009, ver aquí y aquí)
- Se vio la necesidad de mostrar un plato modelo para que los estudiantes sepan cuánto se les tiene que servir. (Sugerencia realizada por nosotros con anterioridad. Ver aquí la Propuesta 1 al final del post)
- Con el nuevo sistema de compra, la universidad ha elaborado una base de datos por facultad y escala de quiénes compran los Platos Básicos (S/. 3.60) y los Económicos (S/. 1.50). Con esta información, se plantearía la idea de limitar los Básicos a los alumnos de escalas 1, 2 y 3.
- Por la inutilidad de la universidad para controlar los precios de línea obligatoria, se plantearía la idea de liberalizar los precios.
- En el primer caso, dado no se vende la totalidad de Platos Básicos, restringir su venta a los alumnos de las escalas 4 y 5 es obligarlos a comprar el Menú (S/. 6.70) y, en la práctica, resulta ser una medida que beneficiará no a los alumnos, sino a los concesionarios.
- En el segundo caso, resulta irónico que se deslice la posibilidad de liberalizar los precios en lugar de plantear medidas claras de fiscalización al cumplimiento de estos. Se puede, por ejemplo, solicitar que cada cafetería especifique cuáles serán los productos de línea obligatoria que venderá y su cantidad. Así, será posible implementar también el sistema de control que ya se viene aplicando para los Platos Básico y Económico.
El acta de la sesión se pude ver dando click aquí.
Ademas, hemos escaneado el informe presentado en dicha reunión, el cual se puede se puede ver aquí: página 1, página 2, página 3 y página 4. No podemos colgar el archivo en digital pues seguimos a la espera de que Carlos Fosca, Vicerrector Administrativo de la universidad lo envíe por correo.
ACTUALIZACIÓN 10/11/2009: Acabamos de recir el informe en versión digital, para una mejor lectura. Pueden visualizarlo a continuación:
Informe CDSA 30/10/2009
Renato Constantino
Secretario de Derechos Universitarios
Mesa Directiva FEPUC 2009
Integrante del CDSA
domingo, 1 de noviembre de 2009
Menú Semana 12 - del 2 al 7 de noviembre
domingo, 25 de octubre de 2009
Menú Semana 11 - del 26 al 31 de octubre
martes, 20 de octubre de 2009
Menú Semana 10 - del 19 al 24 de octubre
miércoles, 7 de octubre de 2009
Sobre el texto vigente del Estatuto FEPUC (completo)
El martes 6 de octubre, la Mesa Directiva FEPUC 2009 (MD FEPUC 2009) recibió una comunicación de parte de la Junta de Fiscales FEPUC en que indicaban que el artículo 15 del texto impreso del Estatuto FEPUC, el cual ha venido siendo entregado desde octubre del 2008, no concordaba con versiones anteriores, pese a que no fuera parte de la reforma que se hizo al Estatuto FEPUC en el 2008.
Al recibir dicha información, se procedió a revisar la documentación pertinente, llegando a determinar lo siguiente:
El año pasado, en septiembre de 2008, la MD FEPUC 2008 presentó un proyecto inicial de reforma estatutaria que incluía modificaciones en diversas secciones del Estatuto. La MD FEPUC 2008 publicó el siguiente post (click aquí)
La MD FEPUC 2008 debatió el contenido de este documento con miembros de las Mesas Directivas de algunos Centros Federados y de la Junta de Fiscales FEPUC. Tras dichas conversaciones, en sesión de Junta de Presidentes del 30 de septiembre de 2008, la MD FEPUC 2008 anunció que realizó un cambio en el proyecto de Reforma Estatutaria y “solo se modificará de manera parcial la parte relacionada con Mesa Directiva FEPUC”. Para ver el acta de dicha sesión de Junta de Presidentes, hacer click aquí.
Así, el proyecto de Reforma Estatutaria presentado en la Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008 sólo incluía las siguientes modificaciones:
En dicho proyecto, no se plantea modificación alguna respecto al artículo 15 del Estatuto FEPUC; por tanto, el inciso e de dicho artículo no fue derogado por la Asamblea de Delegados y sigue vigente.
Luego de ser llevada a cabo esta reforma, la MD FEPUC 2008 publicó un post (ver aquí) y editó una nueva versión impresa del Estatuto FEPUC, que es la que ha circulado desde entonces. De buena fe, se asumió que dicho texto correspondía a lo que fuera aprobado por la Asamblea de Delegados FEPUC el 2 de octubre de 2008. Esa misma versión es la que ha sido digitalizada y colgada en la página web de la FEPUC.
Este año, el proyecto de Reforma del Estatuto FEPUC, presentado en sesión de Junta de Presidentes del 30 de septiembre de 2009, ha tomado como referencia el texto impreso que fuera dejado por la MD 2008. Reiteramos nuevamente: se asumió de buena fe que el texto impreso dejado por la MD FEPUC 2008 correspondía a lo aprobado por la Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008.
En la elaboración del proyecto de Reforma del Estatuto FEPUC presentado por la MD 2009 se detectaron algunos errores formales, los cuales se buscan corregir:
Lamentamos los inconvenientes, equívocos y confusiones a los que haya dado lugar la circulación de una versión impresa del Estatuto FEPUC con errores en su transcripción. Sin embargo, debemos afirmar que la principal responsabilidad de ello no compete a la gestión de la Mesa Directiva actual, que recibió la versión con errores de transcripción de la Mesa Directiva del periodo 2008, quienes confiamos tampoco actuaron con mala fe. Esperamos corregir los errores formales ya señalados mediante la aprobación de una reforma estatutaria. No obstante ello, en atención a los documentos de la sesión de Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008, hemos de reconocer como vigentes el artículo 15 inciso e, así como los artículos referidos a la definición y periodo de mandato de la MD FEPUC.
Eder Rojas
Secretario de Organización
Mesa Directiva FEPUC 2009
Al recibir dicha información, se procedió a revisar la documentación pertinente, llegando a determinar lo siguiente:
El año pasado, en septiembre de 2008, la MD FEPUC 2008 presentó un proyecto inicial de reforma estatutaria que incluía modificaciones en diversas secciones del Estatuto. La MD FEPUC 2008 publicó el siguiente post (click aquí)
La MD FEPUC 2008 debatió el contenido de este documento con miembros de las Mesas Directivas de algunos Centros Federados y de la Junta de Fiscales FEPUC. Tras dichas conversaciones, en sesión de Junta de Presidentes del 30 de septiembre de 2008, la MD FEPUC 2008 anunció que realizó un cambio en el proyecto de Reforma Estatutaria y “solo se modificará de manera parcial la parte relacionada con Mesa Directiva FEPUC”. Para ver el acta de dicha sesión de Junta de Presidentes, hacer click aquí.
Así, el proyecto de Reforma Estatutaria presentado en la Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008 sólo incluía las siguientes modificaciones:
- Asamblea de Delegados FEPUC: Artículo 28 b.2 (Se otorgó dos delegados numerarios a la Facultad de Gestión y Alta Dirección).
- Mesa Directiva FEPUC: Artículos 56 al 71 (Se disminuyó el número de miembros de la Mesa Directiva a 7, se creó la figura de Coordinadores, se establecieron las competencias de éstos y se detalló el funcionamiento de las sesiones de Mesa Directiva FEPUC).
En dicho proyecto, no se plantea modificación alguna respecto al artículo 15 del Estatuto FEPUC; por tanto, el inciso e de dicho artículo no fue derogado por la Asamblea de Delegados y sigue vigente.
Luego de ser llevada a cabo esta reforma, la MD FEPUC 2008 publicó un post (ver aquí) y editó una nueva versión impresa del Estatuto FEPUC, que es la que ha circulado desde entonces. De buena fe, se asumió que dicho texto correspondía a lo que fuera aprobado por la Asamblea de Delegados FEPUC el 2 de octubre de 2008. Esa misma versión es la que ha sido digitalizada y colgada en la página web de la FEPUC.
Este año, el proyecto de Reforma del Estatuto FEPUC, presentado en sesión de Junta de Presidentes del 30 de septiembre de 2009, ha tomado como referencia el texto impreso que fuera dejado por la MD 2008. Reiteramos nuevamente: se asumió de buena fe que el texto impreso dejado por la MD FEPUC 2008 correspondía a lo aprobado por la Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008.
En la elaboración del proyecto de Reforma del Estatuto FEPUC presentado por la MD 2009 se detectaron algunos errores formales, los cuales se buscan corregir:
- Artículo 32, inciso c: hay errores en las concordancias con otros artículos
- Artículo 32, inciso o: hay errores en las concordancias con otros artículos
- Artículo 32 inciso q: según la concordancia, no debe decir “Fiscal FEPUC”, sino “Presidente de la Junta de Fiscales”
- Artículo 60: se menciona “Secretario General”, cargo inexistente. Debe decir “Secretario de Organización”.
- Se omitió el inciso e del artículo 15 (Requistos para postulación a los cargos de Mesa Directiva FEPUC)
- Se omitió el artículo 54 (Definición de la MD FEPUC)
- Se omitió el artículo 55 (Periodo de mandato de la MD FEPUC)
Lamentamos los inconvenientes, equívocos y confusiones a los que haya dado lugar la circulación de una versión impresa del Estatuto FEPUC con errores en su transcripción. Sin embargo, debemos afirmar que la principal responsabilidad de ello no compete a la gestión de la Mesa Directiva actual, que recibió la versión con errores de transcripción de la Mesa Directiva del periodo 2008, quienes confiamos tampoco actuaron con mala fe. Esperamos corregir los errores formales ya señalados mediante la aprobación de una reforma estatutaria. No obstante ello, en atención a los documentos de la sesión de Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008, hemos de reconocer como vigentes el artículo 15 inciso e, así como los artículos referidos a la definición y periodo de mandato de la MD FEPUC.
Eder Rojas
Secretario de Organización
Mesa Directiva FEPUC 2009
Temas del proyecto de reforma inicial del 2008 (no se llevó a Asamblea de Delegados)
- Organización de la FEPUC: artículos 13 (Estructura de la FEPUC), 15 (Requisitos de Elección)
- Asamblea de Delegados FEPUC: Artículo 28 (Miembros), Artículo 30 (Sistema de Elección de Delegados numerarios), Artículo 33 (Convocatoria), Artículo 35 (Quórum) y Artículo 37 (Voz y Voto).
- Junta de Presidentes: Artículo 43 (Miembros), Artículo 44 (Competencia), Artículo 46 (Convocatoria) y Artículo 50 (Voz y Voto).
- Mesa Directiva FEPUC: Artículo 54 (Definición), Artículo 56 (Organización Interna), Artículo 57 (Competencia), Artículo 60 (Competencias del Presidente), Artículo 61(Competencias del Vicepresidente), Artículo 62 (Competencias del Secretario General), Artículo 63 (Competencia del Secretario de Vida Universitaria), Artículo 64 (Competencia del Secretario de Derechos Universitarios) y Artículo 65 (Competencias del Secretario de Planeamiento y Difusión)
- Mesas Directivas de los Centros Federados: Articulo 67 (De la Desfederación) y Artículo 68 (Autonomía de los Centros Federados)
- Representación estudiantil en los órganos de gobierno de la universidad: Artículo 84 (Competencias de los REA) y Artículo 85 (Competencia de los RE ante los Consejos de Facultad)
- Del régimen económico: Artículo 98 (Presupuesto), Artículo 109 (Presentación de Estados de Ingresos y Egresos – EIE), Artículo 110 (Vacancia de los miembros de la MD por cuestiones de manejo económico), Artículo 111 (Entrega del EIE correspondiente al trimestre enero-marzo) y Artículo 112 (facultades de los miembros de la Junta de Fiscales)
- Funciones de la Fiscalía FEPUC en materia de fiscalización económica: Artículo 113 y Artículo 114.
- Disposiciones Finales: Referidas a elección de Delegados numerarios, Coordinadores de la Mesa Directiva, reconocimiento de Centros de Estudiantes y Asociaciones de Estudiantes y el presupuesto participativo de la FEPUC.
Estatuto impreso (Edición 2005)
Presentamos la versión impresa del Estatuto FEPUC editada el 2005, tomada del archivo de la FEPUC. Desde el 2005, la única reforma estatutaria llevada a cabo fue aprobada en la sesión de Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008.
Artículo 15: El inciso e señala los requisitos para postular a la Mesa Directiva. Este no fue derogado en la reforma del 2008 y, por tanto, sigue vigente.
Artículos 54 y 55: Establecen la definición de Mesa Directiva FEPUC y el periodo de su mandato. Estos no fueron derogados en la reforma del 2008 y, por tanto, siguen vigentes.
Artículo 15: El inciso e señala los requisitos para postular a la Mesa Directiva. Este no fue derogado en la reforma del 2008 y, por tanto, sigue vigente.
Artículos 54 y 55: Establecen la definición de Mesa Directiva FEPUC y el periodo de su mandato. Estos no fueron derogados en la reforma del 2008 y, por tanto, siguen vigentes.
Documentos sobre la Reforma Estatutaria del 2008
Acta de la sesión de Junta de Presidentes del 30 de septiembre de 2008:
Proyecto de reforma presentado y aprobado en la sesión de Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008:
Proyecto de reforma presentado y aprobado en la sesión de Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008:
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Actualización 9/10/2009:
Acta de la sesión de Asamblea de Delegados del 2 de octubre de 2008
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domingo, 4 de octubre de 2009
Menú Semana 8 - del 5 al 10 de octubre
(Hacer Click en la imagen, o en el cuadradito de la esquina superior derecha del documento Scribd)
Básico8
Menú8
Platos vegetarianos
Noten el detalle del Básico ¡La nutricionista se está animando a contar las calorías! es una buena noticia dado que los resultados de las pruebas que realizamos arrojan que los Platos Básicos no cubren las calorías mínimas según la FAO. Esperamos que el personal de las cafeterías sirva la ración adecuada, por tanto. Estén atentos a los próximos días.
Básico8
Menú8
Platos vegetarianos
jueves, 1 de octubre de 2009
Proyecto de Reforma del Estatuto Fepuc
ACTUALIZACIÓN 13/10/2009: Tras revisar los archivos de la Federación sobre el texto vigente del Estatuto, hemos realizado correcciones al Proyecto de Reforma. (Los archivos que publicaramos inicialmente pueden verse al final del post)
El texto vigente del Estatuto FEPUC puede verse dando click aquí
Modificaciones de formaProyecto de Reforma Estatutaria - Reformas Parciales (2)
Modificaciones de fondoProyecto de Reforma Estatutaria - Reforma Total (2)
Si quieres ver las modificaciones de forma y de fondo en un mismo documento, puedes dar click aquí.
ANEXO:
Estos fueron los documentos publicados originalmente:
El texto vigente del Estatuto FEPUC puede verse dando click aquí
Las correcciones de estilo, actualización de términos y otras modificaciones que no alteran el espíritu de la norma, así como modificaciones que ordenan mas no varían el modo en que funcionan actualmente los órganos de la FEPUC constituyen reformas parciales del Estatuto y requieren mayoría simple para su aprobación. Las hemos clasificado como modificaciones de forma.
La creación de nuevas figuras y/o funciones, aumento de fines de la FEPUC, establecimiento de nuevas incompatibilidades, variaciones en quórum de instalación de algunos órganos y otras modificaciones que signifiquen un cambio respecto al actual funcionamiento de los órganos de la FEPUC constituyen, cada una, una reforma total del Estatuto y requieren mayoría absoluta para su aprobación. Las hemos clasificado como modificaciones de fondo.
El artículo 17 de nuestro estatuto define:
La creación de nuevas figuras y/o funciones, aumento de fines de la FEPUC, establecimiento de nuevas incompatibilidades, variaciones en quórum de instalación de algunos órganos y otras modificaciones que signifiquen un cambio respecto al actual funcionamiento de los órganos de la FEPUC constituyen, cada una, una reforma total del Estatuto y requieren mayoría absoluta para su aprobación. Las hemos clasificado como modificaciones de fondo.
El artículo 17 de nuestro estatuto define:
- Mayoría Simple: El acuerdo adoptado con el mayor número de votos a favor emitidos por los miembros del órgano, presentes al momento de la votación.
- Mayoría Absoluta: El acuerdo adoptado con más de la mitad de votos a favor emitidos por los miembros integrantes del órgano respectivo.
Modificaciones de formaProyecto de Reforma Estatutaria - Reformas Parciales (2)
Modificaciones de fondoProyecto de Reforma Estatutaria - Reforma Total (2)
Si quieres ver las modificaciones de forma y de fondo en un mismo documento, puedes dar click aquí.
ANEXO:
Estos fueron los documentos publicados originalmente:
domingo, 27 de septiembre de 2009
Menú Semana 7 - del 28 de setiembre al 3 de octubre
Hacer Click en la imagen, o en el cuadradito de la esquina superior derecha del documento Scribd
(El Plato Básico dice del 11 al 16 de mayo porque así lo ha colgado la nutricionista en lo que correspondía para esta semana. Esperamos que el error sea sólo de fecha y que los platos estén bien. Cualquier contratiempo avísennos para corregir)
Básico7
Menú 7
Platos Vegetarianos
(El Plato Básico dice del 11 al 16 de mayo porque así lo ha colgado la nutricionista en lo que correspondía para esta semana. Esperamos que el error sea sólo de fecha y que los platos estén bien. Cualquier contratiempo avísennos para corregir)
Básico7
Menú 7
Platos Vegetarianos
domingo, 20 de septiembre de 2009
Menú Semana 6 - del 21 al 26 de setiembre
domingo, 13 de septiembre de 2009
Menú Semana 5 - del 14 al 19 de setiembre
martes, 8 de septiembre de 2009
¿Bienvenidos todos? (completo y con documentos)
FEPUC es impedida de fiscalizar la nutrición en las Cafeterías
Renato Constantino, Secretario de Derechos Universitarios de la MD FEPUC, contrató a La Molina Calidad Total Laboratorios (de la Universidad Nacional Agraria La Molina) para que realice un estudio sobre el contenido nutricional del plato básico de las cafeterías. El jueves 27 de agosto, alrededor del mediodía, miembros del laboratorio se acercaron a la universidad, se identificaron e indicaron los motivos por los que se acudían. Se les negó el ingreso. Luego de ello, algunos miembros y apoyos de la MD FEPUC, intentaron ingresar a la universidad llevando en coolers los envases en los que se tomarían las muestras. Se les dijo que el ingreso de coolers requería una autorización especial. Posteriormente, Eder Rojas, Secretario de Organización de la MD FEPUC, se apersonó al módulo de visitas, llevando al Ing. Echegaray (miembro del laboratorio) como su invitado y siguiendo el trámite establecido por la universidad: presentar su carné de estudiante junto con el DNI del invitado. El personal del módulo de visitas informó que habían recibido una llamada con órdenes de que esta persona no ingrese. Al solicitar conocer los motivos, el personal del módulo informó que “no lo sabían y no tenían por qué saberlo”, que ello obedecía a “temas de seguridad” y que, si se deseaba conocer los motivos, se debería enviar una carta a la Dirección de Administración. Finalmente, las muestras fueron tomadas en envases descartables y, ya fuera de la universidad, los miembros del laboratorio pudieron tomar las muestras. Debemos señalar que el estudio que se realizaría era calórico y nutricional, no microbiológico, por lo cual el modo en que se tomaron las muestras no produce alteraciones en el resultado. (Ver video. Atención en minutos 1:57 y 8:10)
Por la tarde, Carlos Fosca, Vicerrector Administrativo de la universidad, se comunicó con Ricardo Sifuentes, Presidente de la Mesa Directiva FEPUC. En una reunión que sostuvo con Ricardo Sifuentes y Renato Constantino, manifestó que, si bien comparte las intenciones por mejorar los servicios que se brindan al interior de la universidad, este tipo de pruebas debe hacerse de forma coordinada y que, al enterarse de que se iba a realizar, decidió impedirlo. Alegó que, dada la difícil situación que atraviesa la universidad se deben manejar las comunicaciones con mucho cuidado. En ese sentido, si cualquier alumno pudiera tomar una muestra de modo inapropiado y llevarlo a un laboratorio, al difundir los resultando, se podría producir una noticia que perjudique la imagen de la universidad sin que antes se haya analizado la confiabilidad del laboratorio. Asimismo, comentó que el día anterior había presentado ante el Consejo Universitario un proyecto de modificación del Reglamento para el funcionamiento y uso del servicio de alimentación en la universidad, en el cual se planeaba reformar el CESA (Comité Ejecutivo de Servicios de Alimentación), reemplazándolo por un Consejo Directivo, uno de cuyos miembros sería un Representante Estudiantil ante la Asamblea Universitaria [ver páginas 1 y 2 del proyecto]. El Sr. Fosca dijo que propondría que se incluya un representante estudiantil más (elevando el número a dos) y planteó la posibilidad de que el segundo representante sea de la FEPUC. Si bien hemos de reconocer y considerar que el Sr. Fosca mostró interés por comunicarse con nosotros, para la MD FEPUC, las explicaciones dadas no justifican el modo de actuar de la administración de la universidad el día 27 de agosto y, además, considera que para que una inspección sea efectiva, esta debe ser inopinada, es decir, se debe ejecutar sin previo aviso a quien será inspeccionado.
Por otra parte, Eder Rojas, siguiendo lo que le fuera indicado en el módulo de visitas, envió una carta a José Argumedo, Director de Administración, solicitando se le expliquen los motivos por los cuales no se le permitió ejercer un derecho (el ingreso de un invitado) según lo que la universidad informa. Asimismo, solicitó una copia de los reglamentos o disposiciones que regulan en ingreso de visitantes a la universidad. El Sr. Argumedo se limitó a responder que Carlos Fosca se había reunido con “el alumno Ricardo Sifuentes” y que habría que remitirse a él para tener información sobre el tema. Eder Rojas envió una nueva carta reiterando su pedido y haciendo explícito que se deseaba una respuesta por escrito de parte de un administrativo de la universidad, no de un alumno, y solicitando nuevamente el acceso a las normas pertinentes sobre el ingreso de visitantes. Ante esto, el Sr. Argumedo invitó a Eder Rojas a su oficina a conversar sobre el tema. Reiteró que los alumnos pueden ingresar con invitados mostrando su carnet y el DNI de su invitado; pero en el caso del Ing. Echegaray, la administración de la universidad, al enterarse del motivo de su presencia, no estuvo de acuerdo y lo impidió. Argumentó que la universidad, como institución privada, tiene el derecho de reservarse la admisión de las personas que estime conveniente. Sin embargo, al preguntarle por las normas de la universidad en que esto se regula, indicó que el medio de comunicación con los alumnos es Secretaría General, no Dirección de Administración y, por ello, “iba a ver” qué es lo que haría y “a lo mejor” llevaría el tema a Secretaría General. Al final, no dio una respuesta precisa.
Aquí cabe plantear que, si no se ha hecho nada incorrecto, no existiría inconveniente en enviar una respuesta por escrito sobre lo acontecido. Si bien es cierto que la universidad es una institución privada, se debe tener en cuenta de qué tipo es: una asociación civil sin fines de lucro. Los alumnos de la universidad, son asociados de ésta y es por ello que pueden participar en las instancias de gobierno, como el Consejo Universitario. La universidad brinda información a sus asociados (alumnos) informando que tiene la facultad de hacer ingresar a un invitado. En este caso, el encargado de regular el ingreso a la universidad (Dirección de Administración) no permitió esto a uno de los alumnos. Para ello, debe haber seguido criterios establecidos en normas o disposiciones. Asimismo, para cumplir adecuadamente estas normas, es necesario conocerlas. Por ello, es resulta idóneo obtener como respuesta que se “va a ver” si es que estas normas existen y se “va a ver” si es que se permite el acceso a ellas.
Este miércoles 9 de septiembre sesionará el Consejo Universitario. Esperamos que el Sr. Fosca mantenga la propuesta de incluir un representante estudiantil más en el Consejo Directivo que reemplazará al CESA. Esperamos también que dicha propuesta provenga de una sincera disposición al diálogo y el deseo de permitir una real participación a la representación estudiantil.
Renato Constantino, Secretario de Derechos Universitarios de la MD FEPUC, contrató a La Molina Calidad Total Laboratorios (de la Universidad Nacional Agraria La Molina) para que realice un estudio sobre el contenido nutricional del plato básico de las cafeterías. El jueves 27 de agosto, alrededor del mediodía, miembros del laboratorio se acercaron a la universidad, se identificaron e indicaron los motivos por los que se acudían. Se les negó el ingreso. Luego de ello, algunos miembros y apoyos de la MD FEPUC, intentaron ingresar a la universidad llevando en coolers los envases en los que se tomarían las muestras. Se les dijo que el ingreso de coolers requería una autorización especial. Posteriormente, Eder Rojas, Secretario de Organización de la MD FEPUC, se apersonó al módulo de visitas, llevando al Ing. Echegaray (miembro del laboratorio) como su invitado y siguiendo el trámite establecido por la universidad: presentar su carné de estudiante junto con el DNI del invitado. El personal del módulo de visitas informó que habían recibido una llamada con órdenes de que esta persona no ingrese. Al solicitar conocer los motivos, el personal del módulo informó que “no lo sabían y no tenían por qué saberlo”, que ello obedecía a “temas de seguridad” y que, si se deseaba conocer los motivos, se debería enviar una carta a la Dirección de Administración. Finalmente, las muestras fueron tomadas en envases descartables y, ya fuera de la universidad, los miembros del laboratorio pudieron tomar las muestras. Debemos señalar que el estudio que se realizaría era calórico y nutricional, no microbiológico, por lo cual el modo en que se tomaron las muestras no produce alteraciones en el resultado. (Ver video. Atención en minutos 1:57 y 8:10)
Por la tarde, Carlos Fosca, Vicerrector Administrativo de la universidad, se comunicó con Ricardo Sifuentes, Presidente de la Mesa Directiva FEPUC. En una reunión que sostuvo con Ricardo Sifuentes y Renato Constantino, manifestó que, si bien comparte las intenciones por mejorar los servicios que se brindan al interior de la universidad, este tipo de pruebas debe hacerse de forma coordinada y que, al enterarse de que se iba a realizar, decidió impedirlo. Alegó que, dada la difícil situación que atraviesa la universidad se deben manejar las comunicaciones con mucho cuidado. En ese sentido, si cualquier alumno pudiera tomar una muestra de modo inapropiado y llevarlo a un laboratorio, al difundir los resultando, se podría producir una noticia que perjudique la imagen de la universidad sin que antes se haya analizado la confiabilidad del laboratorio. Asimismo, comentó que el día anterior había presentado ante el Consejo Universitario un proyecto de modificación del Reglamento para el funcionamiento y uso del servicio de alimentación en la universidad, en el cual se planeaba reformar el CESA (Comité Ejecutivo de Servicios de Alimentación), reemplazándolo por un Consejo Directivo, uno de cuyos miembros sería un Representante Estudiantil ante la Asamblea Universitaria [ver páginas 1 y 2 del proyecto]. El Sr. Fosca dijo que propondría que se incluya un representante estudiantil más (elevando el número a dos) y planteó la posibilidad de que el segundo representante sea de la FEPUC. Si bien hemos de reconocer y considerar que el Sr. Fosca mostró interés por comunicarse con nosotros, para la MD FEPUC, las explicaciones dadas no justifican el modo de actuar de la administración de la universidad el día 27 de agosto y, además, considera que para que una inspección sea efectiva, esta debe ser inopinada, es decir, se debe ejecutar sin previo aviso a quien será inspeccionado.
Por otra parte, Eder Rojas, siguiendo lo que le fuera indicado en el módulo de visitas, envió una carta a José Argumedo, Director de Administración, solicitando se le expliquen los motivos por los cuales no se le permitió ejercer un derecho (el ingreso de un invitado) según lo que la universidad informa. Asimismo, solicitó una copia de los reglamentos o disposiciones que regulan en ingreso de visitantes a la universidad. El Sr. Argumedo se limitó a responder que Carlos Fosca se había reunido con “el alumno Ricardo Sifuentes” y que habría que remitirse a él para tener información sobre el tema. Eder Rojas envió una nueva carta reiterando su pedido y haciendo explícito que se deseaba una respuesta por escrito de parte de un administrativo de la universidad, no de un alumno, y solicitando nuevamente el acceso a las normas pertinentes sobre el ingreso de visitantes. Ante esto, el Sr. Argumedo invitó a Eder Rojas a su oficina a conversar sobre el tema. Reiteró que los alumnos pueden ingresar con invitados mostrando su carnet y el DNI de su invitado; pero en el caso del Ing. Echegaray, la administración de la universidad, al enterarse del motivo de su presencia, no estuvo de acuerdo y lo impidió. Argumentó que la universidad, como institución privada, tiene el derecho de reservarse la admisión de las personas que estime conveniente. Sin embargo, al preguntarle por las normas de la universidad en que esto se regula, indicó que el medio de comunicación con los alumnos es Secretaría General, no Dirección de Administración y, por ello, “iba a ver” qué es lo que haría y “a lo mejor” llevaría el tema a Secretaría General. Al final, no dio una respuesta precisa.
Aquí cabe plantear que, si no se ha hecho nada incorrecto, no existiría inconveniente en enviar una respuesta por escrito sobre lo acontecido. Si bien es cierto que la universidad es una institución privada, se debe tener en cuenta de qué tipo es: una asociación civil sin fines de lucro. Los alumnos de la universidad, son asociados de ésta y es por ello que pueden participar en las instancias de gobierno, como el Consejo Universitario. La universidad brinda información a sus asociados (alumnos) informando que tiene la facultad de hacer ingresar a un invitado. En este caso, el encargado de regular el ingreso a la universidad (Dirección de Administración) no permitió esto a uno de los alumnos. Para ello, debe haber seguido criterios establecidos en normas o disposiciones. Asimismo, para cumplir adecuadamente estas normas, es necesario conocerlas. Por ello, es resulta idóneo obtener como respuesta que se “va a ver” si es que estas normas existen y se “va a ver” si es que se permite el acceso a ellas.
Este miércoles 9 de septiembre sesionará el Consejo Universitario. Esperamos que el Sr. Fosca mantenga la propuesta de incluir un representante estudiantil más en el Consejo Directivo que reemplazará al CESA. Esperamos también que dicha propuesta provenga de una sincera disposición al diálogo y el deseo de permitir una real participación a la representación estudiantil.
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