miércoles, 7 de octubre de 2009

Sobre el texto vigente del Estatuto FEPUC (completo)

El martes 6 de octubre, la Mesa Directiva FEPUC 2009 (MD FEPUC 2009) recibió una comunicación de parte de la Junta de Fiscales FEPUC en que indicaban que el artículo 15 del texto impreso del Estatuto FEPUC, el cual ha venido siendo entregado desde octubre del 2008, no concordaba con versiones anteriores, pese a que no fuera parte de la reforma que se hizo al Estatuto FEPUC en el 2008.

Al recibir dicha información, se procedió a revisar la documentación pertinente, llegando a determinar lo siguiente:

El año pasado, en septiembre de 2008, la MD FEPUC 2008 presentó un proyecto inicial de reforma estatutaria que incluía modificaciones en diversas secciones del Estatuto. La MD FEPUC 2008 publicó el siguiente post (click aquí)

La MD FEPUC 2008 debatió el contenido de este documento con miembros de las Mesas Directivas de algunos Centros Federados y de la Junta de Fiscales FEPUC. Tras dichas conversaciones, en sesión de Junta de Presidentes del 30 de septiembre de 2008, la MD FEPUC 2008 anunció que realizó un cambio en el proyecto de Reforma Estatutaria y “solo se modificará de manera parcial la parte relacionada con Mesa Directiva FEPUC”. Para ver el acta de dicha sesión de Junta de Presidentes, hacer click aquí.

Así, el proyecto de Reforma Estatutaria presentado en la Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008 sólo incluía las siguientes modificaciones:
  • Asamblea de Delegados FEPUC: Artículo 28 b.2 (Se otorgó dos delegados numerarios a la Facultad de Gestión y Alta Dirección).
  • Mesa Directiva FEPUC: Artículos 56 al 71 (Se disminuyó el número de miembros de la Mesa Directiva a 7, se creó la figura de Coordinadores, se establecieron las competencias de éstos y se detalló el funcionamiento de las sesiones de Mesa Directiva FEPUC).
El documento que se presentó en Asamblea de Delegados del 2 de octubre fue el siguiente: click aquí

En dicho proyecto, no se plantea modificación alguna respecto al artículo 15 del Estatuto FEPUC; por tanto, el inciso e de dicho artículo no fue derogado por la Asamblea de Delegados y sigue vigente.

Luego de ser llevada a cabo esta reforma, la MD FEPUC 2008 publicó un post (ver aquí) y editó una nueva versión impresa del Estatuto FEPUC, que es la que ha circulado desde entonces. De buena fe, se asumió que dicho texto correspondía a lo que fuera aprobado por la Asamblea de Delegados FEPUC el 2 de octubre de 2008. Esa misma versión es la que ha sido digitalizada y colgada en la página web de la FEPUC.

Este año, el proyecto de Reforma del Estatuto FEPUC, presentado en sesión de Junta de Presidentes del 30 de septiembre de 2009, ha tomado como referencia el texto impreso que fuera dejado por la MD 2008. Reiteramos nuevamente: se asumió de buena fe que el texto impreso dejado por la MD FEPUC 2008 correspondía a lo aprobado por la Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008.

En la elaboración del proyecto de Reforma del Estatuto FEPUC presentado por la MD 2009 se detectaron algunos errores formales, los cuales se buscan corregir:
  • Artículo 32, inciso c: hay errores en las concordancias con otros artículos
  • Artículo 32, inciso o: hay errores en las concordancias con otros artículos
  • Artículo 32 inciso q: según la concordancia, no debe decir “Fiscal FEPUC”, sino “Presidente de la Junta de Fiscales”
  • Artículo 60: se menciona “Secretario General”, cargo inexistente. Debe decir “Secretario de Organización”.
Sin embargo, tras la observación hecha por la Junta de Fiscales, se hizo una nueva revisión, contrastando la última versión impresa del Estatuto, editada por la MD FEPUC 2008, con una versión anterior de éste del archivo de la FEPUC, se hallaron una serie de omisiones en la transcripción:
  • Se omitió el inciso e del artículo 15 (Requistos para postulación a los cargos de Mesa Directiva FEPUC)
  • Se omitió el artículo 54 (Definición de la MD FEPUC)
  • Se omitió el artículo 55 (Periodo de mandato de la MD FEPUC)
El proyecto de Reforma Estatutaria presentado el 2008 no menciona la derogación de ninguno de estos artículos e incisos, por tanto, siguen vigentes.

Lamentamos los inconvenientes, equívocos y confusiones a los que haya dado lugar la circulación de una versión impresa del Estatuto FEPUC con errores en su transcripción. Sin embargo, debemos afirmar que la principal responsabilidad de ello no compete a la gestión de la Mesa Directiva actual, que recibió la versión con errores de transcripción de la Mesa Directiva del periodo 2008, quienes confiamos tampoco actuaron con mala fe. Esperamos corregir los errores formales ya señalados mediante la aprobación de una reforma estatutaria. No obstante ello, en atención a los documentos de la sesión de Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008, hemos de reconocer como vigentes el artículo 15 inciso e, así como los artículos referidos a la definición y periodo de mandato de la MD FEPUC.

Eder Rojas
Secretario de Organización
Mesa Directiva FEPUC 2009

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