Artículo 15: El inciso e señala los requisitos para postular a la Mesa Directiva. Este no fue derogado en la reforma del 2008 y, por tanto, sigue vigente.
Artículos 54 y 55: Establecen la definición de Mesa Directiva FEPUC y el periodo de su mandato. Estos no fueron derogados en la reforma del 2008 y, por tanto, siguen vigentes.
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