domingo, 25 de octubre de 2009

Menú Semana 11 - del 26 al 31 de octubre

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Básico11

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Vegetarianos

martes, 20 de octubre de 2009

Menú Semana 10 - del 19 al 24 de octubre

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Platos Vegetarianos



miércoles, 7 de octubre de 2009

Sobre el texto vigente del Estatuto FEPUC (completo)

El martes 6 de octubre, la Mesa Directiva FEPUC 2009 (MD FEPUC 2009) recibió una comunicación de parte de la Junta de Fiscales FEPUC en que indicaban que el artículo 15 del texto impreso del Estatuto FEPUC, el cual ha venido siendo entregado desde octubre del 2008, no concordaba con versiones anteriores, pese a que no fuera parte de la reforma que se hizo al Estatuto FEPUC en el 2008.

Al recibir dicha información, se procedió a revisar la documentación pertinente, llegando a determinar lo siguiente:

El año pasado, en septiembre de 2008, la MD FEPUC 2008 presentó un proyecto inicial de reforma estatutaria que incluía modificaciones en diversas secciones del Estatuto. La MD FEPUC 2008 publicó el siguiente post (click aquí)

La MD FEPUC 2008 debatió el contenido de este documento con miembros de las Mesas Directivas de algunos Centros Federados y de la Junta de Fiscales FEPUC. Tras dichas conversaciones, en sesión de Junta de Presidentes del 30 de septiembre de 2008, la MD FEPUC 2008 anunció que realizó un cambio en el proyecto de Reforma Estatutaria y “solo se modificará de manera parcial la parte relacionada con Mesa Directiva FEPUC”. Para ver el acta de dicha sesión de Junta de Presidentes, hacer click aquí.

Así, el proyecto de Reforma Estatutaria presentado en la Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008 sólo incluía las siguientes modificaciones:
  • Asamblea de Delegados FEPUC: Artículo 28 b.2 (Se otorgó dos delegados numerarios a la Facultad de Gestión y Alta Dirección).
  • Mesa Directiva FEPUC: Artículos 56 al 71 (Se disminuyó el número de miembros de la Mesa Directiva a 7, se creó la figura de Coordinadores, se establecieron las competencias de éstos y se detalló el funcionamiento de las sesiones de Mesa Directiva FEPUC).
El documento que se presentó en Asamblea de Delegados del 2 de octubre fue el siguiente: click aquí

En dicho proyecto, no se plantea modificación alguna respecto al artículo 15 del Estatuto FEPUC; por tanto, el inciso e de dicho artículo no fue derogado por la Asamblea de Delegados y sigue vigente.

Luego de ser llevada a cabo esta reforma, la MD FEPUC 2008 publicó un post (ver aquí) y editó una nueva versión impresa del Estatuto FEPUC, que es la que ha circulado desde entonces. De buena fe, se asumió que dicho texto correspondía a lo que fuera aprobado por la Asamblea de Delegados FEPUC el 2 de octubre de 2008. Esa misma versión es la que ha sido digitalizada y colgada en la página web de la FEPUC.

Este año, el proyecto de Reforma del Estatuto FEPUC, presentado en sesión de Junta de Presidentes del 30 de septiembre de 2009, ha tomado como referencia el texto impreso que fuera dejado por la MD 2008. Reiteramos nuevamente: se asumió de buena fe que el texto impreso dejado por la MD FEPUC 2008 correspondía a lo aprobado por la Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008.

En la elaboración del proyecto de Reforma del Estatuto FEPUC presentado por la MD 2009 se detectaron algunos errores formales, los cuales se buscan corregir:
  • Artículo 32, inciso c: hay errores en las concordancias con otros artículos
  • Artículo 32, inciso o: hay errores en las concordancias con otros artículos
  • Artículo 32 inciso q: según la concordancia, no debe decir “Fiscal FEPUC”, sino “Presidente de la Junta de Fiscales”
  • Artículo 60: se menciona “Secretario General”, cargo inexistente. Debe decir “Secretario de Organización”.
Sin embargo, tras la observación hecha por la Junta de Fiscales, se hizo una nueva revisión, contrastando la última versión impresa del Estatuto, editada por la MD FEPUC 2008, con una versión anterior de éste del archivo de la FEPUC, se hallaron una serie de omisiones en la transcripción:
  • Se omitió el inciso e del artículo 15 (Requistos para postulación a los cargos de Mesa Directiva FEPUC)
  • Se omitió el artículo 54 (Definición de la MD FEPUC)
  • Se omitió el artículo 55 (Periodo de mandato de la MD FEPUC)
El proyecto de Reforma Estatutaria presentado el 2008 no menciona la derogación de ninguno de estos artículos e incisos, por tanto, siguen vigentes.

Lamentamos los inconvenientes, equívocos y confusiones a los que haya dado lugar la circulación de una versión impresa del Estatuto FEPUC con errores en su transcripción. Sin embargo, debemos afirmar que la principal responsabilidad de ello no compete a la gestión de la Mesa Directiva actual, que recibió la versión con errores de transcripción de la Mesa Directiva del periodo 2008, quienes confiamos tampoco actuaron con mala fe. Esperamos corregir los errores formales ya señalados mediante la aprobación de una reforma estatutaria. No obstante ello, en atención a los documentos de la sesión de Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008, hemos de reconocer como vigentes el artículo 15 inciso e, así como los artículos referidos a la definición y periodo de mandato de la MD FEPUC.

Eder Rojas
Secretario de Organización
Mesa Directiva FEPUC 2009

Temas del proyecto de reforma inicial del 2008 (no se llevó a Asamblea de Delegados)

  • Organización de la FEPUC: artículos 13 (Estructura de la FEPUC), 15 (Requisitos de Elección)
  • Asamblea de Delegados FEPUC: Artículo 28 (Miembros), Artículo 30 (Sistema de Elección de Delegados numerarios), Artículo 33 (Convocatoria), Artículo 35 (Quórum) y Artículo 37 (Voz y Voto).
  • Junta de Presidentes: Artículo 43 (Miembros), Artículo 44 (Competencia), Artículo 46 (Convocatoria) y Artículo 50 (Voz y Voto).
  • Mesa Directiva FEPUC: Artículo 54 (Definición), Artículo 56 (Organización Interna), Artículo 57 (Competencia), Artículo 60 (Competencias del Presidente), Artículo 61(Competencias del Vicepresidente), Artículo 62 (Competencias del Secretario General), Artículo 63 (Competencia del Secretario de Vida Universitaria), Artículo 64 (Competencia del Secretario de Derechos Universitarios) y Artículo 65 (Competencias del Secretario de Planeamiento y Difusión)
  • Mesas Directivas de los Centros Federados: Articulo 67 (De la Desfederación) y Artículo 68 (Autonomía de los Centros Federados)
  • Representación estudiantil en los órganos de gobierno de la universidad: Artículo 84 (Competencias de los REA) y Artículo 85 (Competencia de los RE ante los Consejos de Facultad)
  • Del régimen económico: Artículo 98 (Presupuesto), Artículo 109 (Presentación de Estados de Ingresos y Egresos – EIE), Artículo 110 (Vacancia de los miembros de la MD por cuestiones de manejo económico), Artículo 111 (Entrega del EIE correspondiente al trimestre enero-marzo) y Artículo 112 (facultades de los miembros de la Junta de Fiscales)
  • Funciones de la Fiscalía FEPUC en materia de fiscalización económica: Artículo 113 y Artículo 114.
  • Disposiciones Finales: Referidas a elección de Delegados numerarios, Coordinadores de la Mesa Directiva, reconocimiento de Centros de Estudiantes y Asociaciones de Estudiantes y el presupuesto participativo de la FEPUC.

Estatuto impreso (Edición 2005)

Presentamos la versión impresa del Estatuto FEPUC editada el 2005, tomada del archivo de la FEPUC. Desde el 2005, la única reforma estatutaria llevada a cabo fue aprobada en la sesión de Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008.

Artículo 15: El inciso e señala los requisitos para postular a la Mesa Directiva. Este no fue derogado en la reforma del 2008 y, por tanto, sigue vigente.


Artículos 54 y 55: Establecen la definición de Mesa Directiva FEPUC y el periodo de su mandato. Estos no fueron derogados en la reforma del 2008 y, por tanto, siguen vigentes.


Documentos sobre la Reforma Estatutaria del 2008

Acta de la sesión de Junta de Presidentes del 30 de septiembre de 2008:


Proyecto de reforma presentado y aprobado en la sesión de Asamblea de Delegados FEPUC del 2 de octubre de 2008:

Página 1

Página 2

Página 3

Página 4

Página 5

Página 6

Página 7

Actualización 9/10/2009:

Acta de la sesión de Asamblea de Delegados del 2 de octubre de 2008

Página 1

Página 2

Pagina 3

Página 4

Página 5

Página 6

Página 7


domingo, 4 de octubre de 2009

Menú Semana 8 - del 5 al 10 de octubre

(Hacer Click en la imagen, o en el cuadradito de la esquina superior derecha del documento Scribd)

Noten el detalle del Básico ¡La nutricionista se está animando a contar las calorías! es una buena noticia dado que los resultados de las pruebas que realizamos arrojan que los Platos Básicos no cubren las calorías mínimas según la FAO. Esperamos que el personal de las cafeterías sirva la ración adecuada, por tanto. Estén atentos a los próximos días.

Básico8

Menú8


Platos vegetarianos



jueves, 1 de octubre de 2009

Proyecto de Reforma del Estatuto Fepuc

ACTUALIZACIÓN 13/10/2009: Tras revisar los archivos de la Federación sobre el texto vigente del Estatuto, hemos realizado correcciones al Proyecto de Reforma. (Los archivos que publicaramos inicialmente pueden verse al final del post)

El texto vigente del Estatuto FEPUC puede verse dando click aquí

Las correcciones de estilo, actualización de términos y otras modificaciones que no alteran el espíritu de la norma, así como modificaciones que ordenan mas no varían el modo en que funcionan actualmente los órganos de la FEPUC constituyen reformas parciales del Estatuto y requieren mayoría simple para su aprobación. Las hemos clasificado como modificaciones de forma.

La creación de nuevas figuras y/o funciones, aumento de fines de la FEPUC, establecimiento de nuevas incompatibilidades, variaciones en quórum de instalación de algunos órganos y otras modificaciones que signifiquen un cambio respecto al actual funcionamiento de los órganos de la FEPUC constituyen, cada una, una reforma total del Estatuto y requieren mayoría absoluta para su aprobación. Las hemos clasificado como modificaciones de fondo.

El artículo 17 de nuestro estatuto define:
  • Mayoría Simple: El acuerdo adoptado con el mayor número de votos a favor emitidos por los miembros del órgano, presentes al momento de la votación.
  • Mayoría Absoluta: El acuerdo adoptado con más de la mitad de votos a favor emitidos por los miembros integrantes del órgano respectivo.

Modificaciones de formaProyecto de Reforma Estatutaria - Reformas Parciales (2)

Modificaciones de fondo
Proyecto de Reforma Estatutaria - Reforma Total (2)

Si quieres ver las modificaciones de forma y de fondo en un mismo documento, puedes dar click aquí.

ANEXO:
Estos fueron los documentos publicados originalmente: